Reforma fiscal pdf
Cuando se habla de un sistema fiscal, siempre hay que tener en cuenta la realidad en la que se aplica. Por ello, por un lado tiene un límite espacial, porque se aplica a un país concreto; y por otro, un límite temporal, porque rige en un periodo concreto, es decir, sigue el tiempo.
Por su propia definición, el sistema implica que existen diferentes elementos, que hay un vínculo entre ellos, un orden o forma específica, objetivos preestablecidos y comunes. Por ello, la mayoría de la doctrina afirma que alcanzar el sistema tributario es lo ideal, pero lo que tenemos son regímenes tributarios, que en muchos países se caracterizan por la imprevisibilidad, el cambio permanente y las reformas tributarias con el único fin de recaudar.
La reforma fiscal, por definición, consiste en cambiar la estructura de uno o varios impuestos o del sistema fiscal, con el fin de mejorar su funcionamiento para lograr sus objetivos. Cada vez que se propone una reforma tributaria deben existir ciertos elementos o pasos a seguir, que se recomiendan para su éxito y aplicación.
Efectos de la reforma fiscal
Estados Unidos ya no tiene un sistema fiscal mundial para gravar los ingresos de las empresas. Pero tampoco tiene un sistema verdaderamente territorial. En su lugar, Estados Unidos tiene ahora un sistema híbrido con una cierta imposición mundial, sin aplazamiento, para ciertos ingresos extranjeros debido al GILTI y a la Subparte F y un impuesto sobre ciertas transacciones transfronterizas.
Los países que participan en las negociaciones del Marco Inclusivo de la OCDE sobre las normas fiscales transfronterizas esperan llegar a un acuerdo a mediados de 2021. Después de que las negociaciones se estancaran un poco en 2020, existe la esperanza de que el compromiso de la Secretaria del Tesoro de EE.UU., Janet Yellen, de llegar a un acuerdo permita avanzar este año.
Los siguientes posts incluyen nuestra investigación y análisis de las políticas relacionadas con las normas fiscales transfronterizas, incluyendo la Renta Global Intangible de Baja Imposición (GILTI), la Renta Intangible Derivada en el Extranjero (FDII), la Erosión de la Base y el Impuesto contra el Abuso (BEAT), y las normas globales contra la Erosión de la Base (GloBE) en el contexto del Marco Inclusivo sobre la Erosión de la Base y el Traslado de Beneficios (BEPS) de la OCDE.
Ensayo sobre la reforma fiscal
Hay pruebas de que los costes económicos del sistema fiscal australiano son más elevados de lo necesario. El sistema fiscal australiano fue diseñado en una época diferente, cuando la economía era muy distinta. No fue diseñado para hacer frente al comercio multinacional, a la creciente competencia mundial por las inversiones, a Internet y a la economía digital. Las consecuencias del envejecimiento de la población exigen un nuevo enfoque de la fiscalidad.
Existen oportunidades para simplificar el sistema fiscal australiano y mejorar su equidad. Muchas de las características del sistema actual hacen menos atractiva la inversión en Australia y limitan el crecimiento del empleo, afectando a la prosperidad continuada de Australia. Otras características hacen que sea menos atractivo para que la gente trabaje. Algunos aspectos crean un despilfarro innecesario. En todo el sistema existe una importante complejidad.
El Informe Intergeneracional 2015 muestra cómo puede cambiar Australia en los próximos 40 años. Aunque prevé que el crecimiento de los ingresos se ralentizará, también muestra que Australia puede seguir prosperando si aprovecha al máximo nuestras circunstancias y oportunidades, incluso reformando el sistema fiscal para promover el empleo, el crecimiento y las oportunidades.
Reforma del impuesto sobre la renta
El comunicado de los Ministros de Finanzas del G7, que establece un amplio acuerdo sobre una reforma del sistema fiscal mundial que debería haberse llevado a cabo hace tiempo, ha aparecido en las portadas de los periódicos como algo “histórico” y “sísmico”. De hecho, no recordamos cuándo fue la última vez que vimos tantos artículos sobre fiscalidad en un lugar tan destacado de la prensa. Sin embargo, la parte fiscal de ese comunicado sólo tenía un párrafo. No es de extrañar que sigan existiendo grandes interrogantes y obstáculos de aplicación. A continuación exponemos algunas de nuestras principales preguntas.
Las propuestas parecen reflejar los modelos del primer y segundo pilar establecidos por la OCDE, pero sigue habiendo dudas sobre hasta qué punto el G7 acepta ahora las propuestas detalladas de esos modelos de la OCDE. Otra consideración importante es si el G7 podrá ahora persuadir a otras jurisdicciones para que se sumen a estas propuestas. A finales de este mes se celebrarán nuevos debates con vistas a la reunión de los Ministros de Finanzas del G20 que tendrá lugar los días 9 y 10 de julio.
“Nos comprometemos a llegar a una solución equitativa sobre el reparto de los derechos de imposición, con la concesión a los países del mercado de derechos de imposición sobre al menos el 20% de los beneficios que superen un margen del 10% para las empresas multinacionales más grandes y rentables”.