Permiso para recurrir ante el tribunal de condado
El arrendador apela contra la denegación de honorarios de abogado tras prevalecer en esta acción FED sobre la base de que los arrendatarios nombrados no desalojaron el local tras 30 días de aviso. ORS 91.855. Los inquilinos recurren.
El 2 de diciembre de 1986, hubo un juicio ante el tribunal, y el propietario prevaleció. El juez dictaminó oralmente que no concedería honorarios de abogado al propietario. El 9 de diciembre se dictó sentencia, que no concedía honorarios. Ese mismo día, el propietario presentó una petición de reconsideración de la denegación de los honorarios. La moción decía:
“COMPARECE AHORA el demandante y solicita a este tribunal que reconsidere su decisión de no conceder a la parte vencedora en esta acción, Alternative Realty, los honorarios de abogado permitidos. Esta moción se basa en la declaración jurada del abogado [del demandante] * * * y en el Memorando de Ley que se adjunta a la presente y que se incorpora por referencia a la misma.”
El 5 de enero de 1987, el juez de primera instancia emitió una carta denegando la reconsideración. Sin embargo, nunca se dictó una orden resolviendo la moción. El 8 de enero, 30 días después de la sentencia, el propietario presentó una notificación de apelación. El 4 de febrero, los inquilinos presentaron una notificación de apelación cruzada.
Autorización de recurso ante el Tribunal de Apelación
Un tribunal federal de distrito emitió un Memorando de Decisión con fecha 24 de marzo de 2020 (Alexander v. Azar, Caso No. 3:11-cv-1703-MPS, — F. Supp. 3d –, 2020 WL 1430089 (D. Conn. 24 de marzo de 2020)), y dictó una Sentencia con fecha 26 de marzo de 2020 en una demanda colectiva que busca ciertos derechos de apelación para los beneficiarios de Medicare que reciben servicios de observación como pacientes ambulatorios. Encontrará información adicional sobre esta decisión en la sección Descargas. El 25 de enero de 2022, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito confirmó la sentencia del tribunal de distrito y su concesión de medidas cautelares. La decisión del tribunal de distrito es ahora definitiva.
El proceso de apelación para este nuevo tipo de recurso de los beneficiarios aún está en desarrollo y no está disponible actualmente. Se publicará más información aquí cuando esté disponible. La información para los beneficiarios de Medicare sobre la decisión del tribunal y el proceso de apelación se ha publicado en Medicare.gov aquí, en la pestaña Apelaciones en Medicare Original.
Para solicitudes de reconsideraciones aceleradas de beneficiarios (por ejemplo, denegaciones de terminación de servicio) después de una redeterminación acelerada desfavorable realizada por una Organización de Mejora Calificada, llame al 1-855-371-5817.
Autorización para recurrir ante el Tribunal de Apelación
3.1.1 Las solicitudes de autorización para recurrir son examinadas por un Panel de Apelación, compuesto por tres Jueces. Por lo general, las solicitudes se resuelven(1), sin vista, y es esencial que la solicitud se presente en la forma correcta.
3.1.2 Una solicitud de autorización para recurrir debe presentarse en el formulario 1 (PTA) (2) en papel A4, encuadernado firmemente a la izquierda, utilizando ambas caras del papel. (Véase el Anexo 1 a la Instrucción Práctica 7 para el Formulario 1.) La solicitud deberá exponer brevemente los hechos y fundamentos de Derecho e incluir un breve resumen de las razones por las que debe concederse la autorización. Deberá facilitarse la información requerida en el apartado 5 del Formulario 1, pero el Tribunal de Justicia se inclina por la brevedad y la claridad (3). Los motivos del recurso no deben exceder normalmente de 10 páginas de tamaño A4, teniendo en cuenta que las sentencias de los tribunales inferiores estarán a disposición de los Jueces. El Secretario rechazará cualquier solicitud cuyos motivos parezcan, sin una explicación adecuada por parte del abogado, excesivamente extensos o cuando la solicitud no identifique las cuestiones pertinentes. No se aceptarán las solicitudes que no sean legibles o que no se presenten en la forma requerida.
Permiso para recurrir fuera de plazo
IMPORTANTE Si quiere apelar un caso de menor cuantía o un caso penal sin pena de cárcel y con una pena de menos de 50 dólares , debe presentar una Solicitud de Permiso de Apelación dentro de los 3 días siguientes a la fecha de la decisión del tribunal. Pero si la decisión del tribunal fue enviada por correo, tiene 8 días para presentarla. Cuando presente la solicitud, incluya una copia del certificado de notificación. El día 1 es la fecha que figura en el certificado de notificación. [1]
Es posible que su apelación no le cueste nada: Si no tuvo que pagar tasas judiciales en el Tribunal Superior porque se le concedió una exención de tasas (se le concedió la condición de in forma paupers o IFP), no tendrá que pagar tasas en la apelación.
Si no puede pagar las tasas, puede solicitar al tribunal una exención de tasas. A menos que el tribunal le conceda una exención, tendrá que pagar las tasas de presentación ante el tribunal, así como las tasas de transcripción y copia. Las copias serán probablemente el mayor gasto.
Tasas de transcripción: Tendrá que pedir transcripciones de su procedimiento en el Tribunal Superior de DC o en una agencia. Las transcripciones del Tribunal Superior de DC o de la agencia cuestan alrededor de $4 por página (Nota: Un día completo de procedimientos judiciales puede tener cientos de páginas).