Definición simple de democracia
En la resolución adoptada por la comisión de Asuntos Constitucionales con 22 votos a favor, 5 en contra y una abstención, los eurodiputados proponen otorgar al Parlamento un derecho “general y directo” de iniciativa legislativa, cuando se proceda a la próxima revisión de los Tratados.
Esto reflejaría la evolución de las instituciones de la UE y restauraría el equilibrio de la arquitectura institucional de la UE, dicen. El derecho de iniciativa del Parlamento debería ser exclusivo en asuntos que afecten a la legitimidad democrática y la soberanía de la Unión Europea. La Comisión podría conservar un derecho concurrente o mantener el monopolio de la iniciativa legislativa en algunos ámbitos, por ejemplo en materia presupuestaria. El Consejo podría tener un derecho directo de iniciativa en ámbitos estrictamente definidos, añaden los diputados.
La comisión parlamentaria pide un nuevo acuerdo con la Comisión y el Consejo para evitar bloqueos cuando el Parlamento haga uso de su actual derecho de iniciativa en asuntos institucionales, como la ley electoral europea.
Los eurodiputados afirman que el Consejo y la Comisión han obstaculizado el derecho de iniciativa del Parlamento, por ejemplo con la postura del Consejo tras la activación por parte del Parlamento del procedimiento del artículo 7 y la falta de respuesta adecuada a la propuesta de los eurodiputados de un mecanismo global de valores de la UE.
Democracia moderna
El 30 de septiembre de 2021, el Presidente de México presentó ante la Cámara de Diputados la “Iniciativa de Decreto por el que se reforman los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de energía y recursos naturales” (la “Iniciativa de Reforma”), la cual, de aprobarse en sus términos, representaría cambios fundamentales en la industria energética de México.
– Se trata de una enmienda que implica cambios drásticos en la industria y un impacto sustancial en la inversión privada existente en el sector. Por disposición expresa de esta reforma, se cancelarían todos los permisos de generación de electricidad otorgados a particulares hasta la fecha, así como los contratos de compra-venta de electricidad que hayan celebrado. Asimismo, desaparecería básicamente el mercado eléctrico mayorista en México y habría un nuevo régimen controlado por el Estado mexicano a través de la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”). Bajo este nuevo régimen, los privados sólo podrían suministrar hasta el 46% de la energía requerida por el país, y lo harían bajo los términos y condiciones que la propia CFE determinaría unilateralmente “considerando los costos totales de producción” y “garantizando los menores costos para el servicio público.”
Gobierno constitucional
El historiador del Grange Gus Norwood atribuye a esta asociación “la aprobación de la ley de primarias directas, la elección directa de los senadores estadounidenses… el apoyo del Grange a la ley de indemnización de los trabajadores, la jornada de ocho horas para las mujeres… el sufragio femenino… la iniciativa y el referéndum”. (Norwood, p. 70-71)
“La suposición de que la legislación directa es un sustituto de la Legislatura no es válida… Los verdaderos objetivos del Grange y de otros defensores de la legislación directa son los poderosos intereses corporativos y las fuerzas de presión que corrompen el proceso legislativo mediante un cabildeo irracional, mediante contribuciones desmesuradas a las campañas y mediante la selección de candidatos a la Legislatura y a los cargos estatales y la financiación de sus campañas.” (Norwood, p. 78)
El maestro Kegley se veía a sí mismo y a sus compañeros Grangers luchando contra lo que él llamaba el “Anillo del pescado, el serrín y el whisky”. Otros nombraron a las corporaciones ferroviarias, “el poder del dinero” y el “Saloon trust” como fuerzas con las que luchar por el futuro del estado.
“En 1907 y 1909, los proyectos de ley de iniciativa, referéndum y revocación no recibieron el voto necesario en la Legislatura del Estado para presentarlos ante los votantes como propuestas de enmiendas constitucionales. Sin embargo, el State Grange y la Federación Estatal del Trabajo hicieron una vigorosa campaña para su aprobación, y en 1911 los legisladores estaban convencidos de que eran procedimientos deseables y remitieron la cuestión a los votantes, que aprobaron su adopción como enmiendas constitucionales”. (Avery, p. 203)
Buena gobernanza
A lo largo de los dos años que siguieron a la Primavera Árabe, numerosos Estados de la región han emprendido procesos de revisión de sus constituciones, llegando a veces incluso a redactar un texto completamente nuevo. Incluso los países que no han emprendido procesos de transición se han visto a menudo sometidos a la presión persistente de los movimientos de oposición, que les exigen que concedan -aunque sólo sea simbólicamente- una cierta liberalización política. El contraste con el pasado es grande, ya que aunque casi todos los países árabes tenían una constitución o una ley fundamental, con la notoria excepción de la Libia de Gadafi, el autoritarismo político que caracterizaba a toda la región conllevaba una inercia constitucional que apenas se había roto, salvo para permitir a un presidente aspirar a mandatos adicionales o modificar las disposiciones que rigen el acceso al cargo.
El debate constitucional ha girado en torno a la aspiración común de las poblaciones a una mayor democracia. Entre las reivindicaciones de los manifestantes, los puntos comunes a casi todas ellas eran la petición de una separación y equilibrio reales de poderes, la ampliación y garantía de las libertades individuales, la independencia del poder judicial, la celebración de elecciones libres y la lucha contra la corrupción. Las monarquías parecen haber salido mejor paradas que las repúblicas en los movimientos de protesta y reivindicación. Muy pocas de ellas se enfrentaron a exigencias de instauración de una monarquía constitucional, y mucho menos de una república, limitándose los manifestantes la mayoría de las veces a exigir una reducción de los poderes del soberano en beneficio de un posible Primer Ministro y el refuerzo del poder legislativo, hasta entonces desprovisto de todo poder real.